Seguro que has presenciado esta situación varias veces en la carretera: conducir en una vía de varios carriles, donde los de la izquierda están ocupados y los de la derecha apenas nadie. Y seguro que también has visto a algún conductor adelantando por el carril derecho.
A pesar de que es un hecho frecuente, el Reglamento General de Circulación lo deja claro: se circulará normalmente por el carril situado más a la derecha y, como norma general, los adelantamientos deben efectuarse por la izquierda del vehículo que se quiere avanzar.
Sin embargo, el artículo 33 del Reglamento General de Circulación contempla algunos supuestos en los que sí se puede adelantar por la derecha en autopista:
- Como excepción, y si existe espacio suficiente para ello, el adelantamiento se efectuará por la derecha y adoptando las máximas precauciones, cuando el conductor del vehículo al que se pretenda adelantar esté indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado, así como en las vías con circulación en ambos sentidos, a los tranvías que marchen por la zona central.
- Siempre que exista demasiada retención de vehículos en el carril izquierdo y los vehículos que lo ocupen permanezcan parados en un atasco. En este caso, los coches del carril derecho pueden avanzar la marcha sin que sea considerado un adelantamiento.
- Dentro de poblado, en vías con al menos dos carriles en el mismo sentido, siempre que se haga sin poner en peligro a los demás usuarios.
Más allá de estas excepciones, adelantar por la derecha no solo es ilegal, sino que también puede acarrear una sanción, incluso pérdida de puntos si se considera una maniobra peligrosa. Así que recuerda: circula siempre por la derecha.