Nuevo Reglamento de Vehículos Históricos

17 - 02 - 2025
Ma Dolores Serra

Escrito por Mª Dolores Serra

Directora Técnica del Área de Movilidad de España de TÜV Rheinland

Todos los vehículos históricos son clásicos, pero no todos los clásicos son históricos. Esta distinción es clave, ya que el cambio legislativo solo afecta a los vehículos registrados como históricos. A continuación, te contamos los aspectos más destacados del nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, publicado en octubre de 2024.

La renovación de este reglamento surge para simplificar y abaratar el proceso de clasificación de un vehículo como histórico. Hasta ahora, este trámite era excesivamente complejo y costoso, llegando a ser inviable en algunos casos, especialmente para motocicletas y ciclomotores, cuyo valor a menudo no justificaba el gasto. Como consecuencia, muchos propietarios optaban por matricular sus vehículos en otros países europeos con una normativa más favorable, provocando una fuga de patrimonio automovilístico. Con el nuevo reglamento, se espera preservar mejor este legado nacional.

¿Qué es un vehículo histórico? Un vehículo histórico debe cumplir con ciertos requisitos:

  • Tener al menos 30 años de antigüedad desde su fabricación o matriculación.
  • Haber dejado de fabricarse el modelo específico.
  • Mantener su estado original, sin modificaciones importantes en sus características técnicas.
  • Presentar un correcto estado de conservación y mantenimiento.
  • En algunos casos, también se consideran históricos los vehículos que, por su singularidad, representan un valor simbólico o cultural.

Los vehículos históricos son fácilmente reconocibles por su matrícula, que empieza por la letra "H". Si mantienen la matrícula original, deben portar una pegatina normativa que los identifica como históricos.

¿Qué cambios introduce el Reglamento de Vehículos Históricos?

Además de simplificar el proceso de clasificación, reduciendo tanto el tiempo como el coste, exime a los vehículos con más de 60 años y a todos los ciclomotores históricos, pasar la ITV de manera obligatoria, aunque pueden hacerlo de manera voluntaria. De manera que los propietarios de clásicos que quieran clasificarlos como históricos, solo tendrán que acudir a la ITV para poder recibir la clasificación y no tendrán que volver nunca más si no quieren.

Teniendo en cuenta que muchos vehículos clásicos se habían quedado guardados en los garajes de los propietarios por la complejidad y coste del trámite, es posible que ahora veamos vehículos que nunca habíamos visto por las calles.

Por último, el nuevo Reglamento también amplían los intervalos de revisión de 2 a 4 años en función de su antigüedad. 

  • Entre 30 y 40 años deberán pasar la inspección cada dos años. 
  • Entre 40 y 45 años lo harán cada tres años
  • Entre 45 y 60 años tendrán que pasar la ITV solo una vez cada cuatro años. 
  • Coches de más de 60 años y ciclomotores, no tienen obligación de pasar la ITV
  • Motos históricas tienen que pasar la ITV cada 4 años
Ma Dolores Serra

Mª Dolores Serra

Directora Técnica del Área de Movilidad de España de TÜV Rheinland
Ingeniera Industrial especializada en Mecánica de Máquinas. Es la Directora Técnica del Área de Movilidad de España de TÜV Rheinland, con más de 20 años de experiencia en el sector de la ITV.

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